IMPONER sanción a la señora Elena Silvia Mara Cerpa, identificada con DNI N° 44488670, con AMONESTACIÓN ESCRITA, por “utilizar el agua sin el correspondiente
derecho de uso, emitido por la Autoridad Nacional del Agua” y por la “Ejecución de obras de aprovechamiento hídrico sin la correspondiente autorización”, de una fuente de agua denominado Manantial Maranniyoc Pujio, ubicado en las coordenadas UTM WGS 84, 19L, 208869 E, 8489113 N y altitud 3150 m. La fuente de agua cuenta con
infraestructura hidráulica, con toma de captación de concreto con dimensiones de 90cm x 90cm x 90cm, con tapa de metal de dimensiones 80cm x 80cm, cuenta con 01 tubería de entrada de 02 pulgadas de diámetro y una tubería de salida de 0,5 pulgadas de diámetro. Conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en los numerales 1) y 3) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con los literales a) y b) del artículo 277º de su Reglamento, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.