R.TNRCH. Nº 0416-2025-ANA

Resumen

CUT: 39757-2024.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Barranca.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: La descarga o disposición de aguas residuales en un canal de regadío constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

770-2024

Sumilla

La descarga o disposición de aguas residuales en un canal de regadío constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0415-2025-ANA

Resumen

CUT: 80056-2024.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Cusco.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Cuando un criterio de graduación de la multa no se acredita, pero sí la infracción, entonces se reformula el monto de la sanción.

MARCO LEGAL: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado en parte.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

073-2025

Sumilla

Cuando un criterio de graduación de la multa no se acredita, pero sí la infracción, entonces se reformula el monto de la sanción.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0414-2025-ANA

Resumen

CUT: 186671-2023.

IMPUGNANTE: Sedapar S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Prescripción de la facultad sancionadora.

SUMILLA: La ejecución de la obra materia de sanción se realizó el año 2012 y, al ser una infracción instantánea (en puridad: acción con inicio - fin determinado), se determina que operó la prescripción de la facultad sancionadora por haber transcurrido más de 4 años desde que ocurrió la conducta infractora.

MARCO NORMATIVO: Artículo 252º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y archivo.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

767-2024

Sumilla

La ejecución de la obra materia de sanción se realizó el año 2012 y, al ser una infracción instantánea (en puridad: acción con inicio - fin determinado), se determina que operó la prescripción de la facultad sancionadora por haber transcurrido más de 4 años desde que ocurrió la conducta infractora.

Marco normativo

Artículo 252º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0404-2025-ANA

Resumen

CUT: 236229-2022.

IMPUGNANTE: GRIFO SERVICENTRO SONIA E.I.R.L..

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

0021-2025

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0403-2025-ANA

Resumen

CUT: 56443-2021.

SOLICITANTE: Agromariategui S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido..

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General..

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1246-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0402-2025-ANA

Resumen

CUT: 25597-2024.

IMPUGNANTE: Corporación Agroexportica S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No procede el otorgamiento de derechos de uso de agua en los acuíferos declarados en veda.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 330-2011-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

737-2024

Sumilla

No procede el otorgamiento de derechos de uso de agua en los acuíferos declarados en veda.

Marco normativo

Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 330-2011-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0401-2025-ANA

Resumen

CUT: 195326-2023.

IMPUGNANTE: Stephane Guerini.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Obstruir los bienes asociados al agua.

SUMILLA: Las fajas marginales, constituyen un bien natural asociado al agua, por lo que su obstrucción constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

714–2024

Sumilla

Las fajas marginales, constituyen un bien natural asociado al agua, por lo que su obstrucción constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0400-2025-ANA

Resumen

CUT: 37396-2021.

IMPUGNANTE: Fermín Beltrán Ancajima Ipanaque.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: Es competencia de las administraciones locales de agua la atención y resolución de las solicitudes de extinción y otorgamiento de licencias de uso de agua por cambio de titular.

MARCO NORMATIVO: Numerales 23.7 y 23.8 del Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua, literal k) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI; y, numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

544-2022

Sumilla

Es competencia de las administraciones locales de agua la atención y resolución de las solicitudes de extinción y otorgamiento de licencias de uso de agua por cambio de titular.

Marco normativo

Numerales 23.7 y 23.8 del Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua, literal k) del artículo 48° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 022-2016-MINAGRI; y, numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 021-2017-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0399-2025-ANA

Resumen

CUT: 131987-2024.

IMPUGNANTE: Germán Ore Parra.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La presentación de solicitudes no faculta al administrado la ejecución de obras hidráulicas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su Reglamento y numeral 278.2 del artículo 278º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

093-2025

Sumilla

La presentación de solicitudes no faculta al administrado la ejecución de obras hidráulicas.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su Reglamento y numeral 278.2 del artículo 278º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0398-2025-ANA

Resumen

CUT: 91401-2024.

IMPUGNANTE: Rosa Zevallos Morales.

ÓRGANO: ALA Alto Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Conclusión de procedimiento.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1344-2024

Sumilla

La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor