R.TNRCH. Nº 1038-2019-ANA
Resumen
CUT N°:81893-2019.
IMPUGNANTE: Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A (EPSEL S.A).
ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque S.A. (EPSEL S.A.) contra la Resolución Directoral N°844-2019-ANA-AAA.JZ-V, debido a que se ha desvirtuado el argumento de la impugnante y se encuentra acreditada la comisión infracción establecida en el literal q) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
MARCO NORMATIVO: literal a del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara infundado el recurso de apelación por haberse desestimado los argumentos del recurso impugnatorio.
Marco normativo
literal a del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos