CUT: 163482-2023.
IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Angasmarca.
ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización. Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados. Arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua naturales o artificiales.
SUMILLA: La ejecución de obras en bienes naturales asociados al agua, no autorizados por la Autoridad Nacional del Agua, constituye infracción en materia de recursos hídricos.
MARCO NORMATIVO: Numerales 3), 5) y 10) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literales b), e), o) y p) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.