R.TNRCH. Nº 0517-2025-ANA

Resumen

CUT: 170631-2023.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Ares S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Autorización en fuente natural.

SUMILLA: La autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o bienes asociados se otorga exclusivamente en dichos bienes de dominio público hidráulico, por lo que no constituye omisión que la autoridad no emita pronunciamiento de obras realizadas fuera de la quebrada.

MARCO NORMATIVO: Artículo 36° de la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA modificada por la Resolución Jefatural N° 357-2024-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1191-2024

Sumilla

La autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o bienes asociados se otorga exclusivamente en dichos bienes de dominio público hidráulico, por lo que no constituye omisión que la autoridad no emita pronunciamiento de obras realizadas fuera de la quebrada.

Marco normativo

Artículo 36° de la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA modificada por la Resolución Jefatural N° 357-2024-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0518-2025-ANA

Resumen

CUT: 15311-2024.

IMPUGNANTE: Hipólito Piccini Ramos.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.

SUMILLA: Los cauces naturales de agua y los canales de riego constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación no autorizada constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado. 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

146-2025

Sumilla

Los cauces naturales de agua y los canales de riego constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación no autorizada constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0516-2025-ANA

Resumen

CUT: 143744-2024.

IMPUGNANTE: Basilio Machaca Chambi.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 39° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

018-2025

Sumilla

Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos.

Marco normativo

Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 39° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0515-2025-ANA

Resumen

CUT: 231477-2022.

SOLICITANTE: INLAND ENERGY S.A.C.

ÓRGANO: ALA La Convención.

MATERIA: Retribución económica.

SUBMATERIA: Uso de agua.

SUMILLA: El requerimiento de pago es una comunicación que no constituye acto administrativo, por lo que no es objeto de cuestionamiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3° de la Resolución Jefatural Nº 115-2021-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1270-2024

Sumilla

El requerimiento de pago es una comunicación que no constituye acto administrativo, por lo que no es objeto de cuestionamiento.

Marco normativo

Artículo 3° de la Resolución Jefatural Nº 115-2021-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0514-2025-ANA

Resumen

CUT: 26579-2024.

IMPUGNANTE: Moisés Aguilar Tico.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: La caducidad del procedimiento administrativo sancionador opera cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

099-2025

Sumilla

La caducidad del procedimiento administrativo sancionador opera cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0513-2025-ANA

Resumen

CUT: 190132-2022.

IMPUGNANTE: Hugo Martin Chávez Núñez del Prado.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Prórroga.

SUMILLA: Una denuncia policial y una investigación fiscal no son impedimentos para prorrogar una autorización de ejecución de obras en fuente natural de agua con fines distintos al aprovechamiento.

MARCO NORMATIVO: El numeral 13 del artículo 66° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1346-2024

Sumilla

Una denuncia policial y una investigación fiscal no son impedimentos para prorrogar una autorización de ejecución de obras en fuente natural de agua con fines distintos al aprovechamiento.

Marco normativo

El numeral 13 del artículo 66° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0512-2025-ANA

Resumen

CUT: 236516-2019.

IMPUGNANTE: Pantaleón Chambi Quiñones.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1252-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0511-2025-ANA

Resumen

CUT: 3355-2025.

SOLICITANTE: José Walter López Goicochea.

ÓRGANO: ALA Moche Virú Chao.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Consulta por inhibición.

SUMILLA: Corresponde aprobar la inhibición de la autoridad cuando se encuentra en trámite un proceso judicial en el que se discute la nulidad del acto de transferencia propiedad del predio objeto de la solicitud.

MARCO NORMATIVO: Artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la inhibición.

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

433-2025

Sumilla

Corresponde aprobar la inhibición de la autoridad cuando se encuentra en trámite un proceso judicial en el que se discute la nulidad del acto de transferencia propiedad del predio objeto de la solicitud.

Marco normativo

Artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0508-2025-ANA

Resumen

CUT: 200447-2023.

IMPUGNANTE: Albino Isidro Memenza Vargas.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Legitimidad para obrar.

SUMILLA: Cuando la impugnante no acredita legitimidad para obrar corresponde desestimar su intervención en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 62º, numeral 120.2 del artículo 120º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Confirmar.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

848-2024

Sumilla

Cuando la impugnante no acredita legitimidad para obrar corresponde desestimar su intervención en el procedimiento

Marco normativo

Artículo 62º, numeral 120.2 del artículo 120º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0507-2025-ANA

Resumen

CUT: 237993-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Rímac, Juan Carlos Melchor Jaulis Cancho y Fabián Cristóbal Limaymanta Alonso.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza..

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Principio del Debido Procedimiento.

SUMILLA: Es nula la sanción impuesta por una conducta que no fue imputada en el inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio y reposición.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1272-2024

Sumilla

Es nula la sanción impuesta por una conducta que no fue imputada en el inicio del procedimiento administrativo sancionador

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas