581 - 590 Normativas de 11531
R.TNRCH. Nº 1284-2024-ANA

CUT: 189478-2023.

IMPUGNANTE: Abelina de la Cruz Benites Caipo y Flor Benites Caipo.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es nula la resolución de acreditación de disponibilidad hídrica que tiene inconsistencia respecto de los puntos de captación, identificación del predio, los volúmenes de las fuentes y que da por desistida una oposición pese a que nunca hubo desistimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 227.2 del artículo 227° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad y carece de objeto.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1283-2024-ANA

CUT: 238434-2023.

ADMINISTRADO: Betty Arteaga Mendoza.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es nula la resolución que otorga la extinción y otorgamiento del derecho de uso de agua cuando el solicitante carece del derecho de propiedad.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1282-2024-ANA

CUT: 87125-2023.

ADMINISTRADO: Rafael Quispe Chambi.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Notificación.

SUMILLA: Cuando una notificación es defectuosa corresponde subsanarla con una nueva notificación.

MARCO NORMATIVO: 26.1 del artículo 26° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Rehacer la notificación.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1281-2024-ANA

CUT: 165900-2023.

SOLICITANTE: ARA FOODS INDUSTRY S.A.C.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: La nulidad de oficio se declara cuando existe un vicio que afecta el interés público o vulnera derechos fundamentales, lo cual no se configura cuando se trata de cuestionar una sanción consentida por el administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1280-2024-ANA

CUT: 170124-2023.

SOLICITANTE: ARA FOODS INDUSTRY S.A.C.

ORGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: La nulidad de oficio se declara cuando existe un vicio que afecta el interés público o vulnera derechos fundamentales, lo cual no se configura cuando se trata de cuestionar una sanción consentida por el administrado.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1279-2024-ANA

CUT: 265843-2023.

IMPUGNANTE: Elías Pastor Copara Peñaloza.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización y arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.

SUMILLA: La ejecución de obras no autorizadas en bienes naturales asociados al agua no puede disociarse de la acción previa de acarrear los materiales para la construcción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado, nulidad de oficio parcial y confirmar.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1278-2024-ANA

CUT: 61280-2024.

IMPUGNANTE: Gladys Silvia Quesquén Ríos.

ORGANO: ALA Zaña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Cuando el predio objeto de la solicitud no se encuentra en un bloque de riego no se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, literales c) y g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1277-2024-ANA

CUT: 258460-2023.

IMPUGNANTE: Madelaine Margarita Pérez Quispe.

ORGANO: ALA Mala-Omas-Cañete.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Cuando la impugnante no acredita legitimidad corresponde desestimar su intervención en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 62° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Confirmar.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1276-2024-ANA

CUT: 242179-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: En el acta se describe la descarga de agua residual a un canal, por lo cual se acredita la infracción.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1275-2024-ANA

CUT: 45450-2022.

SOLICITANTE: AAA Cañete Fortaleza.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Nulidad de oficio.

SUMILLA: No procede la revisión de oficio cuando se trata de procedimientos en trámite en los que no existe resolución final.

MARCO NORMATIVO: Artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Devolver el expediente.

Fecha de resolución: Martes, 03 Diciembre 2024
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