CUT N°: 119823-2023.
IMPUGNANTE: Gilberto Napoleón Gallardo Mantilla.
ORGANO: AAA Marañón.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica y Autorización de Ejecución de Obras.
SUMILLA: No procede la acreditación de disponibilidad hídrica cuando en el balance hídrico se observa que existen meses deficitarios en los que no se cubre la demanda del proyecto.
MARCO NORMATIVO: Artículos 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007- 2015-ANA.
SENTIDO: Infundado.