R.TNRCH. Nº 0430-2025-ANA

Resumen

CUT: 22323-2021.

IMPUGNANTE: Cooperativa Agraria de Usuarios del Sol LTDA.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua en mayores volúmenes a los otorgados y ceder el uso del agua a terceros.

SUMILLA: El reconocimiento de responsabilidad debe ser expreso, por lo que no se configura cuando el administrado formula consideraciones en contrario.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1058-2024

Sumilla

El reconocimiento de responsabilidad debe ser expreso, por lo que no se configura cuando el administrado formula consideraciones en contrario.

Marco normativo

Literal a) del numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0429-2025-ANA

Resumen

CUT: 267307-2023.

IMPUGNANTE: Francisco Mercado Centurión.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145° y numeral 3 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

250-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145° y numeral 3 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0428-2025-ANA

Resumen

CUT: 33281-2024.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Huayopata.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1364-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0427-2025-ANA

Resumen

CUT: 143387-2024.

IMPUGNANTE: Comité de Regantes del Canal María Jiray.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: No existe afectación a otros derechos cuando las obras de aprovechamiento hídrico autorizadas se ejecutan en la fuente natural y no utiliza la infraestructura hidráulica de terceros.

MARCO NORMATIVO: Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1287-2024

Sumilla

No existe afectación a otros derechos cuando las obras de aprovechamiento hídrico autorizadas se ejecutan en la fuente natural y no utiliza la infraestructura hidráulica de terceros.

Marco normativo

Numeral 84.1 del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y autorizaciones de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0426-2025-ANA

Resumen

CUT: 237833-2022.

IMPUGNANTE: Empresa Administradora Cerro S.A.C.

ÓRGANO: DCERH.

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Renovación de autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUMILLA: El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la autorización de vertimiento determina la improcedencia de la prórroga que fue resuelta con la legislación anterior.

MARCO NORMATIVO: Numeral 140.2 del artículo 140° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

098-2025

Sumilla

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la autorización de vertimiento determina la improcedencia de la prórroga que fue resuelta con la legislación anterior.

Marco normativo

Numeral 140.2 del artículo 140° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0425-2025-ANA

Resumen

CUT: 111484-2023.

SOLICITANTE: Kelita Carranza Montenegro.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1335-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0424-2025-ANA

Resumen

CUT: 23635-2024.

IMPUGNANTE: EPSEL S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: La Constancia de inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva exonera la responsabilidad administrativa por la infracción de efectuar vertimientos sin autorización solo en fuentes naturales de agua.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1328-2024

Sumilla

La Constancia de inscripción en el Registro Único para el Proceso de Adecuación Progresiva exonera la responsabilidad administrativa por la infracción de efectuar vertimientos sin autorización solo en fuentes naturales de agua.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0423-2025-ANA

Resumen

CUT: 215501-2024.

IMPUGNANTE: Comité Naranjal.

ÓRGANO: ALA Barranca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: La carta informativa sobre los procedimientos que puede seguir el administrado es un acto no impugnable.

MARCO NORMATIVO: El numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

054-2025

Sumilla

La carta informativa sobre los procedimientos que puede seguir el administrado es un acto no impugnable

Marco normativo

El numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0422-2025-ANA

Resumen

CUT: 272023-2024.

SOLICITANTE: AAA Jequetepeque Zarumilla.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Nulidad de oficio de aprobación ficta.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de estudios de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es posible la perforación de pozos exploratorios cuando se trata de fines exploratorios y no para la explotación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

173-2025

Sumilla

Es posible la perforación de pozos exploratorios cuando se trata de fines exploratorios y no para la explotación.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0421-2025-ANA

Resumen

CUT: 203880-2024.

IMPUGNANTE: Asociación Agroindustrial de Frutales de Tacna.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.

SUBMATERIA: Revocación.

SUMILLA: La disminución de la población no constituye una causal de extinción de una licencia de uso de agua otorgada con fines industriales y domésticos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 72° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b. del numeral 102.4 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 29 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1400-2024

Sumilla

La disminución de la población no constituye una causal de extinción de una licencia de uso de agua otorgada con fines industriales y domésticos

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 72° de la Ley de Recursos Hídricos, literal b. del numeral 102.4 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas